El
pasado 21 de diciembre del año 2009, la Asamblea Legislativa (ALDF),
decidió aprobar una enmienda, al artículo 146 del código civil
para el Distrito Federal, la misma que dejó de calificar el seco de
los contrayentes, de la siguiente manera: “El matrimonio es la
unión libre de un hombre y una mujer...”. Gracias a esto, el
matrimonio entre personas, del mismo sexo, es completamente lícito
en el Distrito Federal y es reconocido en el resto de la República
de México. Eso sí, hay que señalar que antes de esto, la Ley de
Sociedades de Convivencia, que estaba vigente en el Distrito Federal,
desde el año 2006, ofrecía varios derechos, que se pudieran
equiparar al matrimonio, pero no todos los derechos de los cónyuges,
en un matrimonio, que ha sido contraído ante un juez del Registro
Civil. Así, el Distrito Federal se ha convertido en la decimocuarta
jurisdicción, en todo el mundo, donde se ha legalizado las boda
entre homosexuales (tras los Países Bajos, España, Bélgica,
Sudáfrica, Noruega, Canadá, Suecia y seis estados de los Estados
Unidos) y la primera en América Latina (es cierto que Argentina fue
el primer país, pero no fue la primera jurisdicción de la zona, por
tanto, no se puede considerar que sea legal).
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